¿Me pueden despedir por estar de baja tras un accidente de trabajo?

Si alguna vez sufrimos un accidente laboral, en lo primero que pensamos no es en las indemnizaciones que podemos reclamar o que vamos a recibir. Las primeras dudas que suelen asaltar a la víctima es cuánto tiempo estará de baja, cuanto cobrará durante este periodo, si puede ser despedido estando de baja, si denunciar o no el posible incumplimiento de las medidas de seguridad por parte de su empresa y cuestiones parecidas. En este artículo intentaremos despejar algunas de ellas, relacionadas con la baja laboral del trabajador.

Por un lado, son muchos los asalariados que descartan dar parte del accidente laboral que han sufrido por temor a quedarse sin empleo. Y, mucho más, si el siniestro se ha producido por negligencia de la empresa o por la no aplicación de las medidas de seguridad a las que obliga la ley. Sobre todo por el miedo a ser despedidos, incluso, durante el periodo de baja laboral. Y son temores fundados

Las empresas sí pueden despedir a sus trabajadores mientras están de baja laboral. Y pueden hacerlo mediante un despido improcedente con la correspondiente indemnización. La ley establece que durante el periodo de baja laboral la mutua se encargará de pagar el sueldo a la víctima. Una vez reciba el alta, el trabajador pasará a engrosar las listas del paro y cobrará las ayudas por desempleo si es que le corresponde.  Recordemos que el despido improcedente supone una indemnización de entre 33 y 45 días por año trabajado, en función de la fecha de inicio del contrato.

Visto este panorama, es absolutamente comprensible que los trabajadores se lo piensen dos veces antes de denunciar las negligencias empresariales que han provocado su accidente ante el inspector de trabajo. Pero hay que tener en cuenta que si la victima denuncia y la empresa lo despide después, es relativamente fácil demostrar que puede tratarse de una represalia y pedir que se anule el despido. Si el juez le da la razón, deberá ser readmitido y la empresa le abonará, además, los salarios de tramitación del tiempo transcurrido desde el despido.

En cualquier caso, lo mejor es acudir a profesionales especializados y dejarnos asesorar. Mientras, permanecer ajenos a las posibles presiones por parte de la empresa y decidir con calma la opción que queremos elegir.

Por otro lado, puede ser que el despido no sea el problema, sino que la mutua te obligue a incorporarte al trabajo de manera unilateral sin que tú te sientas todavía capacitado para ello. En este caso, nos queda la opción de presentar ante la Seguridad Social la documentación para ser valorados por un Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) para que estudien nuestra situación. Independientemente de ello, el EVI estudiará los trastornos que padece el trabajador a causa del accidente y determinará si es apto o no para reincorporarse a su puesto de trabajo. En este punto también es recomendable acudir a un abogado especializado que nos ayude a tramitar todo el proceso.

En este sentido hay que destacar que la mayoría de abogados laboralistas o especializados en accidentes laborales cobran un porcentaje únicamente si la reclamación tiene éxito. A título orientativo te podemos decir que, en el caso de las indemnizaciones, suele estar entre un 10 y un 20 por ciento del dinero conseguido. Pero, hay aspectos positivos a tener en cuenta. Y es que la mayoría de las pólizas de seguro establecen que el asegurado puede elegir libremente a sus abogados y cubren sus honorarios. Si este es el caso, el trabajador no tendrá que abonar los honorarios, hasta la cantidad contratada por el seguro.