Plazo para reclamar indemnización por accidente de trabajo

Cualquier daño o lesión que sufra un trabajador asalariado durante su jornada laboral se considera accidente laboral. Incluso, si el siniestro ocurre en el camino de ida o vuelta al trabajo, también se considera accidente laboral In Itinere y nos otorga ciertos derechos para reclamar indemnizaciones. Solamente si el accidente se ha producido por imprudencias graves de la víctima, dejaran de incluirse dentro de este capítulo.

Para reclamar la indemnización debida por un accidente de trabajo podemos acudir a la vía laboral o la vía penal o por vía penal, en función del tipo de accidente y de las pruebas. Los plazos son algo complicados de determinar, por varios motivos.

En general, el periodo para poder reclamar una indemnización por accidente laboral es de un año desde que se determinan las secuelas del mismo. O lo que es lo mismo, un año a partir de la finalización de los tratamientos curativos de las lesiones, aunque queden otros daños incurables.

Otras veces, se cuentan 12 meses a partir de que el tribunal médico de la Seguridad Social determine que a la víctima le corresponde un grado de incapacidad permanente. Este punto conviene destacarlo porque hay casos en que los trabajadores no tienen en cuenta este punto de partida para reclamar la compensación que le corresponde.

Algunos penalistas aseguran, además, que si el siniestro conlleva un delito contra la salud de los trabajadores, el plazo para reclamar puede ser de hasta 3 años. Pero, eso sí, hay que demostrar que es así y que podemos incluirlo en esta tipología.

En cualquier caso, el tiempo medio para cobrar estas compensaciones ronda los 2 años.

De todas formas, el proceso para reclamar una indemnización por accidente laboral empieza mucho antes. Si está considerado como grave, un inspector de trabajo visitará el lugar en menos de 24 horas tras ser avisado por la mutua. Si no, siempre es recomendable que sea el mismo trabajador o su entorno quien dé parte de los hechos a la inspección laboral.

Los accidentes laborales puedes producirse por varios motivos. A veces son fortuitos e inevitables, pero otras se producen por incumplimiento de la prevención de riesgos laborales por parte de la empresa o del mismo trabajador. Si una empresa no cumple con la normativa vigente las consecuencias económicas pueden ser muy cuantiosas. Mientras que si es el trabajador el que las incumple de manera grave, podría no tener derecho a la indemnización correspondiente.

Tanto unos como otros no deben escatimar en el tema de la prevención, ya que crearán mejor ambiente y salud en el trabajo y se cubrirán las espaldas en muchos casos ante posibles eventualidades.

Un trabajador que ha sufrido lesiones en un accidente laboral podrá reclamar indemnización en varios casos. Por ejemplo, cuando no haya recibido la formación adecuada en Prevención de Riesgos Laborales o cuando en su puesto de trabajo no disponga de las medidas de seguridad adecuada. También recibirá esta prestación si la empresa no ha aplicado el Plan de Prevención o si no ha evaluado los riesgos que puede sufrir cada puesto de trabajo. La ley también contempla este supuesto si el operario no ha sido debidamente equipado, realiza tareas ajenas a su puesto de trabajo, se ve obligado a usar herramientas o maquinaria defectuosa y sin revisar o si sufre daños producidos por otro trabajador, un cliente o un proveedor.

Lo habitual es que las empresas dispongan de una póliza de responsabilidad civil para hacer frente a estos siniestros. Y, como ya hemos dicho anteriormente, el convenio también tiene mucho que decir en el caso de las indemnizaciones. Lo importante es respetar los plazos para reclamarlas y evitar así que prescriban.