Pensión por enfermedad profesional: ¿Quien asume el coste?

A veces al descubrir una enfermedad laboral y tras el diagnóstico adecuado llega lo más difícil, conocer quién se hará cargo finalmente de la prestación.

En estos casos siempre existe la posibilidad de que el o los responsables busquen la manera de no hacer frente a su obligación, las responsabilidades no eran del todo transparentes en este sentido hasta que surgió una sentencia que deja el camino claro a seguir en estos casos.

A continuación veremos que se considera realmente una enfermedad profesional y quien asume legalmente el coste de la pensión por enfermedad laboral.

¿Qué entendemos por enfermedad profesional? Esta es la definición legal de enfermedad laboral

Entendemos por enfermedad profesional o laboral toda aquella que se produzca mientras se realiza la actividad laboral o también, la que se produzca debido a la exposición a sustancias peligrosas como productos quimicos o fisicos.

Algunas enfermedades profesionales son por inhalación, como la silicosis, algunos tipos de cáncer producidos por estar en contacto con sustancias nocivas como el radón y otras que están incluidas en el cuadro de enfermedades profesionales.

Para considerarse enfermedad profesional a efectos de recibir una prestación, la enfermedad debe aparecer en el cuadro de enfermedades profesionales y estar diagnosticada a su vez por un profesional de la salud ya que, de lo contrario, será reconocida como accidente de trabajo.

¿Quien asume el coste por la pensión de enfermedad profesional?

Como tener claro quien es el responsable de la pensión por enfermedad laboral

Tras el último juicio que alcanzó el tribunal supremo, tras muchas deliberaciones, se llegó finalmente a una sentencia que marca firmemente el camino a seguir en cuanto a la responsabilidad en el coste de la pensión por enfermedad del trabajo.

Esta sentencia se dictó por el caso de un minero que, trabajando durante varios intervalos de tiempo, estuvo cubierto por dos aseguradoras diferentes y, una de ellas no quiso asumir la responsabilidad en cuanto a su enfermedad, ya que esta manifestó sus síntomas años más tarde de estar asegurado con ella.

Última sentencia del tribunal supremo sobre enfermedad profesional

Lo que dice el tribunal supremo sobre estos casos  

En este caso la sentencia emitida por el tribunal supremo dicta:

(Cita textual)

“La imputación de las responsabilidades corresponde a todas las entidades que han intervenido en el aseguramiento, en proporción al tiempo de exposición del trabajador a los riesgos”.

¿Que se quiere decir con esto? Pues significa que la responsabilidad se reparte entre todas las aseguradoras que cubrieran al trabajador durante el tiempo completo que estuviera expuesto al riesgo, Muy importante esa parte, TODO EL TIEMPO de la exposición al riesgo en que el trabajador pudiera haber contraído la enfermedad (que no los síntomas).

Aunque la enfermedad muestre sus síntomas tiempo adelante, la exposición al riesgo fue, de hecho anterior, por ello si el trabajador enfermo tuvo varias aseguradoras y empresas durante su vida laboral, la responsabilidad de la pensión por enfermedad laboral será compartida por todos, además de por la seguridad social que le cubre en caso de no estar asegurado.Si en lugar de enfermedad se trata de un accidente la cuestión cambia La responsabilidad total de la pensión por accidente es de la aseguradora actual  

Caso contrario sería en el caso de sufrir un accidente en el lugar de trabajo, ya que, en este supuesto sería responsabilidad únicamente del sistema de seguro que tuviera actualmente.

Esto es así porque el accidente no tiene tiempo de desarrollo como una enfermedad sino que sucede únicamente en el momento actual.

De hecho, hay amplias diferencias entre una enfermedad laboral y un accidente de trabajo, tanto por la responsabilidad como por el coste final de las diferentes prestaciones.

Quien se hace cargo realmente de la pensión por enfermedad profesional

Todos los responsables durante la evolución completa de la dolencia

Por todo ello en caso de enfermedad laboral de larga evolución, la responsabilidad de la pensión por enfermedad laboral se repartirá de manera compartida por todas y cada una de las aseguradoras responsables que tuviera durante el ejercicio de su actividad profesional.

Con todos estos datos ya tenemos claro quienes son los responsables en caso de una enfermedad laboral, asumiendo cada uno su parte en el desarrollo de la dolencia del trabajador.