Pasos a seguir para reclamar una indemnización por accidente de trabajo

Cualquier trabajador que haya tenido un accidente piensa, en un primer momento, en recuperarse. Posteriormente es cuando se comienza a analizar la situación y a pensar en “la indemnización”. Aquí nos encontramos ya con el primer problema porque, en algunos casos, no se trata de una sino de varias. A renglón seguido explicamos el tipo de indemnización que puede pedir, cómo pedirla y por qué deberían de concedérsela. Las indemnizaciones pueden ser:

-Por responsabilidad civil. Si su accidente se ha producido por la falta de medidas de seguridad individuales-ropa de trabajo, cascos, guantes…etc.- o generales-redes de protección, barreras…etc.-el procedimiento es el siguiente. Primero tendrá que denunciar el caso ante la Inspección de Trabajo-si el accidente es grave este organismo actuará de oficio-y obtener el acta de infracción que el inspector redactará. Si el funcionario opina que el accidente se podría haber evitado añadiendo más seguridad usted podrá acogerse a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En 2016 se redactó un baremo en el que se incluyen todas las lesiones y la horquilla de la cantidad de dinero que puede recibir.

Podrá reclamar una indemnización de este tipo también por haber usado maquinaria en mal estado, por falta de limpieza y por haber llevado a cabo una labor que no es la suya. Tiene explicados todos estos supuestos en otros artículos de esta misma web.

-Por lesión invalidante. Lamentablemente su accidente ha sido muy grave y da como resultado una incapacidad laboral permanente. La misma será determinada por el Tribunal Médico de la Seguridad Social que estipulará si su lesión implica que se le pague una pensión. Su empresa le pagará de la siguiente forma:

-Si puede seguir trabajando recibirá una indemnización que será de veinticuatro veces su sueldo. Se entiende que la empresa debe readmitirle en su puesto de trabajo y respetarle su categoría y su antigüedad.

-Si no puede seguir trabajando por incapacidad se le abonará el cincuenta y cinco por ciento de su sueldo cada mes.

-Por el convenio colectivo. Suele ser ignorada de forma recurrente por parte de la empresa que considera “suficiente” lo que ha cobrado por culpa de la falta de medidas de seguridad pero existe. Recuerde que depende del convenio de su profesión. En el caso de trabajar en la construcción tendrá que saber que le pertenece si como consecuencia del accidente tiene una incapacidad permanente total. Es decir, el proceso en este caso sería ir al convenio y comprobar las cifras estipuladas para estas situaciones. Al ser un texto legal que se revisa de forma anual le será más sencillo poder cobrar una cantidad actualizada y acorde al accidente que ha sufrido.

Como habrá podido comprobar, hay muchos tipos de indemnizaciones que le pueden corresponder y que, por ignorancia, no se reclaman. La idea de la empresa está clara, pagar la cifra más alta y conseguir que su aseguradora abone lo necesario para evitar males mayores. Es usted el que tendrá, o tendría, que contactar con un abogado que le aclare estos términos y también para que se encargue de gestionar toda la documentación necesaria para que consiga su loable objetivo de cobrar la indemnización que le otorga la ley. Más claro, si la empresa intentó ahorrarse algo de dinero por no alquilar barreras de protección o por no ofrecerle un casco ¿va a permitir que ahora no le pague lo que le pertenece? ¿Qué habría pasado si el accidente hubiera sido más grave? Solo usted conoce las respuestas a estas preguntas.

Ya lo comentamos en algún que otro texto de esta misma página web, no se trata ya de cobrar una indemnización a título personal sino de hacer caer en la cuenta a la empresa de que ha de corregir lo que está haciendo para evitar que otros, como le ha pasado a usted, terminen por sufrir un accidente laboral del que podrían no recuperarse nunca. Aunque sea por solidaridad con los que vienen detrás, le aconsejamos que reclame hasta el final y hasta el último céntimo sin permitir componendas, acuerdos y sobornos. Solo así podrá conseguir que su otrora empresa deje de vulnerar los derechos más fundamentales de los que fueron sus compañeros.