Plazos para reclamar una indemnización tras un accidente de trabajo

Cuando se sufre un accidente de trabajo, tal y como explicamos en otro artículo de esta misma web, lo primero que se busca es la recuperación del mismo y posteriormente comenzar el proceso que ha de desembocar en el cobro de una indemnización. Para reclamar lo que la ley le otorga debe tener en cuenta una serie de factores si quiere impedir que su empresa termine quedándose con lo pertenece. Conozca los plazos que tiene para reclamar una indemnización en los siguientes apartados.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

En el caso de un accidente de trabajo los plazos no dependen de la fecha del accidente sino desde que dejamos de necesitar asistencia médica para curar las consecuencias del mismo.  A partir de esa fecha dispone de un año para presentar la oportuna reclamación. Le pondremos un ejemplo para que lo comprenda mejor.

Imagine que tiene un accidente el 10 de enero de 2017. Le dan el alta y deja de necesitar asistencia médica el 10 de marzo del mismo año. Pues el diez de marzo de 2018 expira el plazo para poder presentar los documentos pertinentes.

Si, desgraciadamente, su accidente de trabajo ha conllevado una incapacidad permanente el plazo aplicable es un año desde que pasa para ser examinado por el Tribunal Médico. Es importante reseñar que esta última circunstancia es ignorada por muchos profesionales del derecho que solo conocen el primer supuesto arriba explicado e incluso le comentarán que su caso ha prescrito provocando así la consiguiente pérdida de dinero en lo que a su indemnización se refiere.

Pero aun hay más casos en los que el plazo se amplía. Si el accidente de trabajo está calificado como uno contra la salud de los trabajadores, el plazo es de tres años desde la fecha del accidente. Este supuesto no siempre es sencillo de explicar o de confirmar ya que la casuística es muy peculiar. Lo que sí está claro es que el plazo de tres años es totalmente legal y que la empresa no va a salir indemne si se confirma su culpabilidad en su accidente.

Sería conveniente recordarle que el abogado que escoja para gestionar su caso deberá anunciarle todos estos plazos en la primera reunión que mantenga. Es decir, el tiempo, aunque no lo parezca, corre a su favor ya que en ese año de plazo desde que recibe el alta se pueden recabar testimonios, pruebas, documentos y demás información para demostrar y confirmar la causa del accidente.

Resumimos los distintos plazos que tiene para reclamar su indemnización:

-Si es un accidente laboral: desde la fecha de alta tiene un año de plazo.

-Si es un accidente que conlleva invalidez permanente: desde que pase por el tribunal médico, un año.

-Si es un accidente contra la salud de los trabajadores: tres años desde la fecha del accidente.

Teniendo en cuenta que el accidente deja cierta marca física y psicológica, se le aconseja que acuda a un abogado para que lleve a cabo la gestión de esta reclamación. Los profesionales, como venimos comentando, conocen, por su propia experiencia laboral, cuánto le correspondería y cómo evitar el clásico acuerdo previo en el que usted sale perdiendo y la empresa ganando.

Contando con el apoyo de un abogado eficaz conseguirá poder centrarse en su recuperación y dejar que sea esta persona la que se centre en poder agilizar el procedimiento. Es evidente que usted ha de dejar de contactar con la empresa y, sobre todo, no ceder ante las más que probables ofertas que le quitarán su responsabilidad y le dejarán sin poder defender sus derechos ante la ley.

Confíe en su abogado para que el proceso sea lo más llevadero posible y para evitar que cometa el error de caer en la provocación, o en el intento de “seducción” por parte de su empresa. La ley le asiste y su cumplimiento es la única forma de evitar que su accidente se repita en el futuro.  Aunque solo sea por los derechos de los trabajadores que, como usted, siguen trabajando en esa compañía, apueste por resolverlo todo de forma legal. Seguro que en el futuro se lo agradecerá a usted mismo.