Dudas más frecuentes y respuestas en caso de que hayas sufrido un accidente laboral

Si ha sufrido un accidente laboral hay una serie de preguntas frecuentes que puede hacerse y que nosotros, como profesionales con años de experiencia, podemos resolverle. Esta contigencia laboral no es, como algunos empresarios piensan, algo ajeno a sus obligaciones sino más bien, dependiendo del caso, la consecuencia de su actitud.

He tenido un accidente laboral, ¿Qué puedo hacer?

Lo más importante es aclarar el motivo del mismo. En muchas ocasiones, y es lógico, las consecuencias del accidente obvian el motivo del mismo. Recuerde que si el suceso se ha producido por un error en la seguridad en el trabajo o por otra serie de motivos, el empresario tendrá que afrontar las consecuencias de todo lo que le ocurra. Es de vital importancia contar con testigos que certifiquen su versión de los hechos y que puedan aclarar las dudas al respecto de lo sucedido.

¿Debo denunciar a la empresa?

Si estuviéramos en un país civilizado sería el propio empresario el que le ayudaría a hacerlo. Como ya sabemos, lo primero que va a intentar el que le contrató, si es que llegó a darle de alta en la Seguridad Social porque de no ser así su actitud será todavía más infame, es quitarse de encima el problema por lo que tendrá que denunciar para hacer valer sus derechos.

Estoy de baja, ¿Puede el empresario despedirme?

Poder puede pero tiene que reconocer que el despido es improcedente. En relación con la pregunta anterior, el despido sería nulo si la culpa del accidente es de la empresa, de ahí la importancia de aclarar los motivos de lo sucedido. Si está trabajando en negro recuerde que el empresario negará, por activa y por pasiva, todo lo que usted alegue y que el culpable de todo, aunque no lo crea, será usted al no haber denunciado esta situación ante el Ministerio de Trabajo.

¿Puedo recibir una indemnización?

Esta es la pregunta que nadie se hace cuando tiene un accidente al ignorar que la respuesta a la misma es afirmativa. Podrá beneficiarse de una indemnización si su accidente es consecuencia de una falta de medidas de seguridad, si su convenio colectivo así lo especifica-en caso de incapacidad- y si la incapacidad laboral es parcial. En este último caso la Seguridad Social deberá abonarle, a tanto alzado, veinticuatro mensualidades.

¿Cuánto voy a cobrar?

Serán los médicos los que certifiquen el alcance de su lesión y en base a esta información podrá reclamar la cantidad estipulada.  Eso sí, recuerde que, como veremos en el siguiente apartado, la mutua será el primer escollo a salvar para que sus derechos no se vean vulnerados.

La mutua ha decidido no enviarme al tribunal médico de valoración, ¿Qué puedo hacer?

La mutua optará por aligerar su recuperación para ahorrarse todo el dinero que pueda. Es más, intentarán evitar a toda costa que pase por un médico para ahorrarse la indemnización.  Usted tiene derecho a pedir en la Seguridad Social ser visitado por el Equipo de Valoración de Incapacidades (E.V.I.) y reclamar la cantidad que le pueda corresponder a la mutua correspondiente.

Para todo lo anterior necesito un abogado, ¿A cuánto asciende la minuta?

Al usarse la vía penal o social no hay que pagar costas judiciales. Lo habitual es cobrar un porcentaje de la indemnización que le darán. En muchos casos el seguro incluye una cláusula en la que se le reconoce al tomador la libre elección de abogado y el pago de la indemnización. Recuerde que solo cobramos si ganamos el caso y que nos quedamos con entre un diez y un veinte por ciento de lo que le paguen.

Resumen de los aspectos más importantes

Como le hemos indicado, lo primero es analizar el motivo del accidente. A partir de ahí solo tiene que ir a la mutua, pedir que sea la E.V.I. la que estipule su incapacidad, si se diera el caso, y contactar con nosotros para que le ayudemos en este proceso que puede parecer complicado pero que con nuestra ayuda será mucho más llevadero. Todo sea porque consiga que sus derechos no se vulneren y porque el accidente sufrido no quede impune.